Envió mensajes a una mujer en Lugo durante meses y terminó siendo sentenciado a un año de prisión por ser el autor de un delito de acoso. El hombre, con las iniciales APJL, admitió que le había enviado más de cien mensajes, pero negó cualquier tipo de persecución y explicó que solo la contactó para reclamar una deuda. desde 16.400 euros. Sin embargo, el juez consideró que la forma de actuar del acusado «perjudicaba gravemente el desarrollo de la vida cotidiana de la víctima», por lo que cometió un delito de acoso, independientemente de si la deuda existía o no.
El fiscal y la fiscalía señalaron que el hombre tuvo una relación romántica con la mujer en 2016, pero cuando decidió terminarlo, el acusado comenzó a enviarle una multitud de correos electrónicos y mensajes de WhatsApp, en los que ella dijo cosas como: «Terminaré tu vida personal, profesional y familiar si no dejas a tu novio y me devuelves el dinero que te pagué «,» te envío mi cuenta para que me devuelvas los 16.400 euros que estafaste » , «Te sugiero que pares eso y comiences de nuevo», «eres un ladrón, un sinvergüenza y una mujer sociable» o «tienes hasta el jueves para llegar a un acuerdo o llamo a tu padre y Vuestro hijo «.
La mujer señaló durante el juicio que el acusado le enviaba más de 100 mensajes al día. «Terminé perdiendo mi trabajo y tuve que ir al psicólogo. Era una mentira que quería dinero; quería devolverme a toda costa y desde entonces vivo con miedo», él explicó.
El acusado, por el contrario, negó que quisiera reanudar la relación. «¿Cómo podría querer encontrar a una persona que me engañó y me dejó la cuenta con 50 euros? De hecho, presenté una denuncia por estafa y un tribunal de Getafe ya lo admitió en el juicio», dijo ante el magistrado.
Por los cargos, ya sea que exista o no la deuda, el hombre cometió un delito de coerción. Finalmente, el juez de prisión número 1 estuvo de acuerdo con ellos y lo sentenció a un año de prisión.
RECURSO El acusado apeló la decisión ante la Audiencia Provincial de Lugo, pero la corte confirmó la condena. La cámara explica en su oración que la relación se forjó por teléfono y por redes sociales, «porque solo se vieron dos veces», pero a pesar de la naturaleza efímera de la relación «, los propios mensajes de la el recurrente muestra la existencia de una relación, a veces despreciada, y a veces con la clara intención de reanudarla, pero en cualquier caso con una razón sentimental contra la cual no hay duda. A esto hay que agregar un descuento de dinero que podría haber creado una deuda entre el demandante y el acusado, pero este punto no cancela la relación existente, sino que abunda en el resentimiento que se siente al sentirse usado «.
La Audiencia Provincial de Lugo consideró de esta manera comprobada que el acusado hostigó al demandante «persistente y repetidamente», e incluso lo bloqueó en su teléfono móvil y en las redes sociales. La sala también cita que la mujer «mostró su rechazo y su oposición a la persistencia del hombre en su actitud, haciéndole saber directamente o bloqueando sus mensajes».
Además de la pena de prisión de un año, el hombre fue sentenciado por no poder acercarse o comunicarse con la víctima por ningún medio durante un período de tres años. Asimismo, debe pagar una indemnización de mil euros a la demandante por daños inmateriales causados por su comportamiento.
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