Tratado de no proliferación de armas nucleares

Resumen del tratado de no proliferación nuclear

Estados Unidos, la Unión Soviética y el Reino Unido firmaron el tratado, que limita la difusión de la tecnología nuclear militar por parte de los estados reconocidos como poseedores de armas nucleares -Estados Unidos, la URSS, el Reino Unido, Francia y China- a las naciones no nucleares que deseen construir o adquirir armas atómicas. Los estados no nucleares se comprometen a no obtener armas nucleares y los países con armas nucleares negociarán el desarme. Los países sin armas nucleares permitirán que el Organismo Internacional de Energía Atómica de la ONU supervise sus instalaciones nucleares. Los países también deberán intercambiar tecnología nuclear pacífica. Desde entonces ha sido firmado por 187 países y se prorrogó indefinidamente en mayo de 1995. India, Pakistán, Israel y Cuba son los únicos países que no lo han firmado. India y Pakistán probaron dispositivos nucleares en 1998, e Israel se cree que tiene capacidad nuclear.

El TNP es un tratado internacional histórico cuyo objetivo es evitar la propagación de las armas nucleares y la tecnología armamentística, promover la cooperación en los usos pacíficos de la energía nuclear y fomentar el objetivo de lograr el desarme nuclear y el desarme general y completo. El Tratado representa el único compromiso vinculante en un tratado multilateral con el objetivo del desarme por parte de los Estados poseedores de armas nucleares. Abierto a la firma en 1968, el Tratado entró en vigor en 1970. Un total de 187 partes se han adherido al Tratado, incluidos los cinco Estados poseedores de armas nucleares. Hay más países que han ratificado el TNP que cualquier otro acuerdo de limitación de armas y desarme, lo que demuestra la importancia del Tratado.

Miembros de npt

El Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares, también conocido como Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP), obliga a los cinco Estados reconocidos como poseedores de armas nucleares (Estados Unidos, Federación Rusa, Reino Unido, Francia y China) a no transferir armas nucleares, otros dispositivos explosivos nucleares o su tecnología a ningún Estado no poseedor de armas nucleares. Los Estados Partes poseedores de armas nucleares también están obligados, en virtud del artículo VI, a «celebrar negociaciones de buena fe sobre medidas eficaces relativas a la cesación de la carrera de armamentos nucleares en fecha cercana y al desarme nuclear, y sobre un tratado de desarme general y completo bajo estricto y eficaz control internacional». Los Estados Partes no poseedores de armas nucleares se comprometen a no adquirir ni producir armas nucleares o dispositivos explosivos nucleares. También se les exige que acepten salvaguardias para detectar desviaciones de materiales nucleares de actividades pacíficas, como la generación de energía, a la producción de armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares.

nuclear u otros dispositivos explosivos nucleares. Esto debe hacerse conforme a un acuerdo de salvaguardias individual, celebrado entre cada Estado Parte no poseedor de armas nucleares y el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). En virtud de estos acuerdos, todos los materiales nucleares de las instalaciones civiles con fines pacíficos bajo la jurisdicción del Estado deben declararse al OIEA, cuyos inspectores tienen acceso rutinario a las instalaciones para realizar controles e inspecciones periódicas. Si la información obtenida en las inspecciones rutinarias no es suficiente para cumplir con sus responsabilidades, el OIEA puede consultar con el Estado sobre la realización de inspecciones especiales dentro o fuera de las instalaciones declaradas.

Tratado de no proliferación nuclear pdf

El Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares, comúnmente conocido como Tratado de No Proliferación o TNP, es un tratado internacional cuyo objetivo es prevenir la propagación de las armas nucleares y de la tecnología armamentística, promover la cooperación en los usos pacíficos de la energía nuclear y fomentar el objetivo de lograr el desarme nuclear y el desarme general y completo[3] Entre 1965 y 1968, el tratado fue negociado por el Comité de Desarme de las Dieciocho Naciones, una organización patrocinada por las Naciones Unidas con sede en Ginebra, Suiza.

El tratado define a los estados con armas nucleares como aquellos que han construido y probado un dispositivo explosivo nuclear antes del 1 de enero de 1967; estos son Estados Unidos, Rusia, el Reino Unido, Francia y China. Se sabe o se cree que otros cuatro estados poseen armas nucleares: India, Pakistán y Corea del Norte han probado y declarado abiertamente que poseen armas nucleares, mientras que Israel es deliberadamente ambiguo en cuanto a su estatus de armas nucleares.

Firma del tratado de no proliferación de armas nucleares

Considerando la devastación que supondría para toda la humanidad una guerra nuclear y la consiguiente necesidad de realizar todos los esfuerzos posibles para evitar el peligro de dicha guerra y adoptar medidas para salvaguardar la seguridad de los pueblos,

Expresando su apoyo a la investigación, el desarrollo y otros esfuerzos para fomentar la aplicación, en el marco del sistema de salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica, del principio de salvaguardar eficazmente el flujo de materiales básicos y materiales especiales fisionables mediante el uso de instrumentos y otras técnicas en determinados puntos estratégicos,

Afirmando el principio de que los beneficios de las aplicaciones pacíficas de la tecnología nuclear, incluidos los subproductos tecnológicos que puedan derivar los Estados poseedores de armas nucleares del desarrollo de dispositivos explosivos nucleares, deben estar a disposición de todas las Partes en el Tratado, ya sean Estados poseedores de armas nucleares o no,

Convencidos de que, en cumplimiento de este principio, todas las Partes en el Tratado tienen derecho a participar en el intercambio más amplio posible de información científica para el desarrollo ulterior de las aplicaciones de la energía atómica con fines pacíficos y a contribuir a ello, por sí solas o en cooperación con otros Estados,