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Si reside en Suecia y tiene preguntas sobre los servicios prestados por la Administración de la Seguridad Social (SSA), debe ponerse en contacto con la Unidad de Prestaciones Federales (FBU) de la SSA situada en Noruega. Para obtener más información sobre sus servicios y cómo ponerse en contacto con ellos, visite la página web de la FBU de Oslo.
Si después de revisar las instrucciones de la Unidad de Prestaciones Federales (FBU) y necesita copias certificadas de la documentación y debe presentarse en persona para su solicitud de la Seguridad Social, reserve una hora para los servicios de un notario.
Si necesita copias certificadas y no requiere una cita en persona, por favor envíenos sus documentos con una solicitud por escrito de que las copias son para una tarjeta de seguridad social de reemplazo y el franqueo de retorno para que podamos procesar su solicitud.
Llame a nuestro número gratuito, 1-800-772-1213. Si necesita que le atiendan en español, pulse el 7 y espere a que le atienda un representante de habla hispana. Para todos los demás idiomas, permanezca en la línea y guarde silencio durante nuestras indicaciones automáticas de voz en inglés hasta que un representante responda. El representante se pondrá en contacto con un intérprete para que le ayude con su llamada. Si su asunto no puede completarse por teléfono, concertaremos una cita para usted en una oficina local de la Seguridad Social y haremos los arreglos para que un intérprete esté allí en el momento de su visita.
LA DISPOSICIÓN FINAL TERCERA DE LA LEY 28/1975, DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, DISPONE QUE LAS PRESTACIONES DE ASISTENCIA SANITARIA EN ELLA ESTABLECIDAS TENDRÁN PLENA EFICACIA A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.
EN CONSIDERACIÓN, SIN DUDA, A LAS LÓGICAS DIFICULTADES QUE NECESARIAMENTE SURGIRÍAN COMO CONSECUENCIA DE LA ENTRADA EN VIGOR SIMULTÁNEA DE LAS EXPRESADAS PRESTACIONES Y DEL INDICADO REGLAMENTO, EN LO QUE TENDRÁN DE DISPOSICIÓN FINAL, LA PROPIA LEY 28/1975 HA AUTORIZADO A LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO A DICTAR, CON CARÁCTER PROVISIONAL, LAS NORMAS QUE POSTERIORMENTE SE CONSIDEREN PRECISAS A LOS EFECTOS DE LA APLICACIÓN DEL INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (ISFAS).
ESTA OPERACIÓN JUSTIFICA QUE DURANTE LA VIGENCIA DE ESTA ORDEN -ES DECIR, HASTA LA ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO- LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO PREVISTOS EN LA LEY 28/1975, CON LA COMPOSICIÓN Y LAS ATRIBUCIONES DE ESTA PRESIDENCIA DE 9 DE OCTUBRE DE 1975 TENGAN UNA FLEXIBILIDAD Y AGILIDAD FUNCIONAL QUE NO PARECE POSIBLE ALCANZAR, EN UN PERÍODO DE IMPLANTACIÓN, EN LA COMPOSICIÓN DADA AL CONSEJO DE GOBIERNO. ORDEN MINISTERIAL.
12/06/2019 : Resolución de 11 de junio de 2019 por la que se modifican las Relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos de la lista de aspirantes en el cuerpo de gestión de Administración civil del estado, cuerpo General y Auxiliar administrativo de la administración del estado.
20/12/2019 Resolución de 19 de diciembre de 2019 , por la que se modifica la relación definitiva de aspirantes admitidos en el cuerpo de gestión de la Administración Civil del estado, en Zaragoza en la que aparecen cifrados los datos personales de los aspirantes.
12/06/2019 : Resolución de 11 de junio de 2019 por la que se modifican las Relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos en el cuerpo de gestión de Administración civil del estado, cuerpo General y Auxiliar administrativo de la administración del estado.
7 / 06 / 2019 Resolución: 6 de junio de 2019 , por la que se modifican las relaciones de valoración definitiva de méritos de los aspirantes en el cuerpo de gestión de la Administración Civil del Estado, Cuerpo General y Auxiliar Administrativo de la Administración del Estado en Madrid .