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Promulgacion de la constitucion española
Texto de la constitución española de 1978
El Consorcio para la conmemoración del II centenario de la consitución de 1812 ha puesto de relieve algunas de las disposiciones más destacadas de esta Constitución en una serie de vídeos promocionales. El primero de ellos se titula «Vive la Pepa 2012». El resto de vídeos son anuncios visuales y didácticos que recogen diversos hechos destacados de la provincia de Cádiz durante el siglo XIX, así como algunas de las festividades que rodean la conmemoración. El Consorcio de España, también ha creado una fascinante página web que recopila una gran cantidad de información actual y erudita con respecto a la Constitución.
Si ha leído las entradas de nuestro blog, es posible que haya visto un par de entradas que tocan el tema de las disposiciones de esta Constitución. No obstante, me gustaría destacar algunas de las disposiciones que me resultaron más interesantes: El Título II, Capítulo I (como ya se trató brevemente en mi post sobre La Historia de la Constitución Mexicana) establece los territorios que comprenden las «Españas»; el Título II, Capítulo IV establece disposiciones sobre la ciudadanía y la nacionalidad, que se extendió a todos, independientemente de su origen; el Título III, Capítulo VIII establece el proceso legislativo y el Capítulo IX establece el protocolo para la promulgación de una ley; el Título IV Capítulo I establece la «inviolabilidad del Rey y su autoridad»; el Título IV, Capítulo II establece las particularidades para la sucesión a la corona; el Título IV, Capítulo IV, Art. 201 establece que el primogénito del Rey llevará el título de Príncipe de Asturias (similar al título real británico del Príncipe de Gales); y el Título IX contempla la educación pública, entre otros muchos.
Constitución de florida
Extensión territorial Imperio españolAprobada19 de marzo de 1812Aprobada12 de marzo de 1812Firmada porPresidente de las Cortes de Cádiz174 diputados4 secretariosEn vigor19 de marzo de 1812 (primera vez)1 de enero de 1820 (segunda vez, de facto)1836 (tercera vez, de facto)Derogada4 de mayo de 1814 (primera vez)Abril de 1823 (segunda vez)18 de junio de 1837 (tercera vez)
Cuando el rey Fernando VII volvió al poder en 1814, disolvió las Cortes y derogó la Constitución, restableciendo la monarquía absoluta. La constitución fue restablecida durante el Trienio Liberal (1820-1823) y de nuevo en 1836-1837 mientras los progresistas preparaban la Constitución de 1837. Fue un importante modelo para las constituciones posteriores en España y en Hispanoamérica[5].
Hasta la invasión napoleónica de España en 1808, Fernando VII gobernó como monarca absoluto. Napoleón forzó la abdicación de Fernando, así como la renuncia a los derechos de su padre Carlos IV, y luego colocó a su hermano José Bonaparte en el trono de España.
Buscando crear legitimidad para José I de España, Napoleón convocó a las Cortes, cuyos delegados había seleccionado, para proclamar a José como monarca legítimo. Las Cortes aprobaron entonces la Constitución de Bayona al estilo francés y convocaron unas Cortes con 172 miembros, de los cuales 62 debían ser de Hispanoamérica. Debía haber un Consejo de Estado con una sección para Las Indias, nombre que España siguió utilizando para designar a Hispanoamérica y Filipinas, que estarían bajo el control de españoles nacidos en América y en Filipinas[6] A pesar de estos intentos formales de legitimar el gobierno de José Bonaparte mediante el consentimiento de las Cortes, fue rechazado por los españoles de la península y de Hispanoamérica y Filipinas. Tuvo gran importancia, ya que «desencadenó un proceso que condujo al colapso del imperio español». El régimen napoleónico en Madrid forzó dos cuestiones: la relativa libertad de las colonias para seguir sus propios asuntos, y los derechos de representación en las asambleas imperiales»[7].
Cómo citar la constitución española
El sistema de gobierno en España adopta la forma de una monarquía parlamentaria. La Constitución fue firmada por el Rey de España y así proclamada el 27 de diciembre de 1978. Los apartados 1 y 2 del artículo 1 de la Constitución española (en adelante, «CE») la definen como un Estado democrático y social de derecho cuya soberanía corresponde al pueblo. El Rey es el Jefe del Estado y ejerce el poder que le confieren el art. 56.1 de la CS y otras leyes. El poder central del Estado está dividido entre el legislativo, el ejecutivo y el judicial. El TS define a España como un Estado unitario e indisoluble, pero al mismo tiempo, a través del artículo 2, se reconoce y garantiza el principio de autonomía de las nacionalidades y regiones, que se refleja en el hecho de que España está dividida en 17 Comunidades Autónomas, cada una con su propio Parlamento y Gobierno. Por lo tanto, de acuerdo con el artículo 137 del C.S., España tiene tres niveles diferentes de gobierno: central, autonómico y municipal.
Constitución de california
La historia constitucional de España se remonta a la Constitución de 1812. Tras la muerte del dictador Francisco Franco en 1975, unas elecciones generales en 1977 convocaron a las Cortes Constituyentes (el Parlamento español, en su calidad de asamblea constituyente) con el fin de redactar y aprobar la Constitución.
Entre los miembros elegidos de las Cortes se seleccionó un grupo de siete miembros para trabajar en un proyecto de Constitución que se presentaría al organismo. Estos fueron conocidos, según los medios de comunicación, como los «padres de la Constitución». Estas siete personas fueron elegidas para representar el amplio (y a menudo, profundamente dividido) espectro político dentro del Parlamento español, mientras que el papel principal se le dio al entonces partido gobernante y ahora extinto Unión de Centro Democrático (UCD).
El escritor (y senador por designación real) Camilo José Cela pulió posteriormente la redacción del proyecto de Constitución. Sin embargo, dado que gran parte del consenso dependía de mantener la ambigüedad de la redacción, se aprobaron pocas de las reformulaciones propuestas por Cela. Una de las aceptadas fue la sustitución del arcaico gualda («color de soldadura») por el simple amarillo en la descripción de la bandera de España[cita requerida].