Prestaciones contributivas de la seguridad social

cotizaciones a la seguridad social

A través de las cotizaciones a la Seguridad Social, el Estado garantiza la debida protección en las circunstancias y situaciones definidas por la ley a las personas que reúnen los requisitos, en virtud del ejercicio de una actividad profesional, y a los familiares o personas dependientes a su cargo.

En el marco de la seguridad social, las prestaciones económicas, en gran parte contributivas, constituyen un derecho monetario que, una vez concedido cuando se cumplen determinadas condiciones, se otorga al beneficiario en las situaciones o contingencias protegidas previstas por la ley.

ejemplos de prestaciones no contributivas

Las transferencias se registran en el momento en que se producen los hechos que dan lugar a los derechos y obligaciones correspondientes, y no en el momento en que se efectúa el pago efectivo (véase el apartado sobre el criterio de caja). Por ejemplo, si, por el motivo que sea, la pensión de vejez correspondiente al mes de diciembre de 2012 no se paga hasta enero de 2013, el año registrado sobre la base del devengo sería 2012, mientras que los datos registrados serían 2033 sobre la base del efectivo.

Personas aseguradas en el régimen. Incluye a las personas que son cotizantes activos y a las personas que no han cotizado o por las que no se ha cotizado durante el periodo de referencia, pero que siguen estando protegidas por el régimen y darían lugar a una prestación en caso de producirse una contingencia.

Regímenes de protección social que garantizan un nivel básico de protección. Este término no se refiere al nivel de las prestaciones. En particular, no debe entenderse como un nivel mínimo de prestaciones.

Individuo u hogar que recibe prestaciones en un momento determinado/durante un periodo de tiempo. En la mayoría de los casos, los beneficiarios son individuos, pero en algunos casos, las prestaciones se pagan a los hogares. Véase también el apartado de casos.

límite fiscal de la seguridad social 2022

Su derecho a las prestaciones condicionadas a los recursos económicos depende de la cantidad de ingresos, ahorros y otros capitales que tenga. Puede obtener estas prestaciones incluso si no ha cotizado lo suficiente a la Seguridad Social.

Estas prestaciones están destinadas a sustituir los ingresos, por ejemplo, cuando pierde su empleo o no puede trabajar por enfermedad o discapacidad. La concesión de estas prestaciones depende de si usted (o en algunos casos su pareja) ha cotizado o se le han acreditado suficientes cotizaciones a la seguridad social. No están sujetas a la comprobación de los recursos económicos, pero si tiene ingresos en forma de ganancias o pagos de pensiones, la cuantía que recibe puede verse afectada.

Estas prestaciones sustituyen a los ingresos en caso de baja por maternidad/adopción/paternidad o enfermedad. No existe una prueba de recursos económicos, pero hay que cumplir unas normas de ingresos para tener derecho a ellas. Estas prestaciones se pagan a través de su empresa.

La mayoría de estas prestaciones están destinadas a ayudar a sufragar los costes adicionales derivados de tener una discapacidad o de cuidar a una persona discapacitada. No hay una prueba de recursos ni condiciones de cotización a la seguridad social, sólo hay que cumplir las normas para poder solicitarlas. Por lo general, no se tienen en cuenta como ingresos para las prestaciones sujetas a la comprobación de recursos.

lista de prestaciones contributivas

A efectos del Reglamento, los trabajadores autónomos son personas que ejercen una actividad por cuenta propia. El concepto de «actividad por cuenta propia» en el sentido del Reglamento se refiere a cualquier actividad o situación equivalente que se considere, en virtud de la legislación nacional de seguridad social del Estado miembro en el que exista dicha actividad o situación, como una actividad por cuenta propia.

Corresponde a los Estados miembros determinar quién se considera que ejerce una actividad por cuenta propia. Si un Estado miembro decide someter a determinadas categorías de personas económicamente inactivas a un régimen de seguridad social para trabajadores autónomos, estas categorías de personas ejercen una actividad por cuenta propia en el sentido del Reglamento.

En los Estados miembros que aplican regímenes distintos y claramente definidos para los trabajadores por cuenta propia, es bastante fácil determinar quién ejerce una actividad por cuenta propia a efectos del Reglamento. Sin embargo, otros Estados miembros tienen regímenes generales de seguridad social que cubren a todos los residentes o a toda la población activa. En estos casos, la noción de actividad por cuenta propia debe deducirse de otra rama de la seguridad social que aplique tal distinción.