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En su 100ª reunión, la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) adoptó en 2011 una Resolución y unas Conclusiones sobre la protección social (seguridad social) que reconfirman el papel de la seguridad social como un derecho humano y una necesidad social y económica para todos los países, independientemente de su nivel de desarrollo. Esta Resolución expresa el compromiso de los gobiernos, los empleadores y los trabajadores de los 185 Estados miembros de la OIT de intensificar sus esfuerzos para construir pisos de protección social como parte de sus estrategias nacionales para desarrollar sistemas de seguridad social integrales. La Resolución refleja el resultado de la Discusión Recurrente sobre los objetivos estratégicos de la OIT en el contexto del seguimiento de la Declaración de la OIT sobre la Justicia Social para una Globalización Equitativa (2008). La Conferencia también señaló la necesidad de una nueva Recomendación que complemente las normas internacionales de seguridad social de la OIT existentes.
En consecuencia, y tras un amplio proceso de consulta, la Conferencia Internacional del Trabajo, en su 101ª reunión de 2012, adoptó una Recomendación sobre los pisos nacionales de protección social (Recomendación sobre los pisos de protección social, 2012 (núm. 202)). La Recomendación fue adoptada el 14 de junio de 2012 con 453 votos a favor y una abstención. Reflejando la estrategia bidimensional de la OIT para la extensión de la seguridad social adoptada en 2011, la Recomendación ofrece orientación a los Estados miembros para que establezcan y mantengan pisos de protección social como elemento fundamental de sus sistemas nacionales de seguridad social, y para que apliquen estos pisos en el marco de estrategias de extensión de la seguridad social que garanticen progresivamente niveles más altos de seguridad social al mayor número posible de personas, guiados por las normas de seguridad social de la OIT. Los pisos de protección social son conjuntos de garantías básicas de seguridad social definidas a nivel nacional que aseguran una protección destinada a prevenir o aliviar la pobreza, la vulnerabilidad y la exclusión social, en particular en lo que respecta al acceso a la atención sanitaria esencial y a la seguridad de los ingresos básicos a lo largo de la vida.
Una generación posterior de convenios amplía el ámbito de protección previsto en el Convenio nº 102. Aunque ofrecen un mayor nivel de protección en cuanto al alcance y el nivel de las prestaciones que deben garantizarse, estos instrumentos autorizan ciertas excepciones que garantizan la flexibilidad.
A continuación se describen las prestaciones previstas en el Convenio nº 102 y en los convenios posteriores. Esta información no incluye las disposiciones sobre la duración y las condiciones del derecho a las prestaciones, las excepciones permitidas en virtud de estos instrumentos, ni los niveles superiores de las prestaciones previstas por las Recomendaciones pertinentes. (Nota 1)
El empleo es esencial para el crecimiento de los individuos y de los países. No es de extrañar que sea la primera preocupación de la población mundial. En América Latina y el Caribe, el mercado laboral no funciona como debería: la mayoría de los empleos son informales (sin acceso a las prestaciones de la seguridad social), muy inestables e improductivos. Ante el nuevo horizonte de la región (el fin del boom económico coincide con la llegada de nuevos retos como la automatización o la economía compartida), los países deben buscar soluciones a estos problemas.
En la División de Mercados Laborales del BID promovemos empleos de calidad para mejorar la vida en América Latina y el Caribe. A través de nuestros proyectos de desarrollo e investigación de vanguardia, trabajamos con los países de la región para lograr un mercado laboral accesible para todos, una fuerza laboral mejor preparada y más productiva, y sistemas de pensiones que garanticen una vida digna para los mayores.
En América Latina y el Caribe todavía hay sectores de la población, como los jóvenes, que tienen una presencia muy modesta en el mercado laboral. Eliminar los obstáculos que se encuentran para ingresar al mercado laboral y brindar oportunidades favorables son temas pendientes para los países de la región. Además, la inestabilidad de los puestos de trabajo requiere el desarrollo de mecanismos que faciliten la transición de los trabajadores a nuevos empleos sin que se vean perjudicados.
Las tasas de participación en la población activa de los hombres y mujeres de entre 62 y 79 años han aumentado notablemente desde mediados de los años noventa. El resultado es un aumento espectacular de la parte de la renta monetaria total atribuible a los ingresos. En el caso de las personas de 65 a 69 años, la parte de los ingresos totales correspondiente a los ingresos aumentó del 28% en 1980 al 42% en 2009. Para este grupo de edad, a finales de la década de 1980 y principios de la de 1990, las prestaciones de la Seguridad Social y los ingresos representaban aproximadamente la misma proporción de los ingresos monetarios totales (en torno al 30%); la proporción de los ingresos es ahora más de 12 puntos porcentuales mayor. Si nos centramos en las personas de edad que reciben prestaciones de la Seguridad Social, los porcentajes de los ingresos han aumentado notablemente en toda la franja de edad de 62 a 79 años desde principios de la década de 1990. Demostramos que, en el caso de las personas de edad con ingresos en el mercado laboral, esos ingresos tienen un gran efecto en su posición relativa en la distribución de los ingresos monetarios anuales de los estadounidenses de edad avanzada.
Los autores trabajan en la División de Investigación Económica, Oficina de Investigación, Evaluación y Estadísticas, Oficina de Política de Jubilación e Incapacidad, Administración de la Seguridad Social. Una versión anterior de este artículo fue presentada en la 31ª Conferencia General de la Asociación Internacional para la Investigación de la Renta y la Riqueza, St. Gallen, Suiza, 22-28 de agosto de 2010.