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Así es como funciona el embargo. Un acreedor comercial con el que tienes una deuda te lleva a los tribunales y gana una sentencia contra ti. A continuación, el acreedor pide al juez una orden para embargar tu sueldo, tu cuenta bancaria y cualquier otro activo que puedas tener para satisfacer esa deuda. El juez aprueba el embargo para saldar la deuda. ¿Son vulnerables todos sus activos, incluida la Seguridad Social y las prestaciones de jubilación, como un 401(k) o una cuenta de jubilación individual (IRA)?
Cuando se trata de pagos de prestaciones federales, la respuesta es no. Nos referimos a la Seguridad Social, a las prestaciones de Asuntos de Veteranos, a las prestaciones de jubilación de los ferrocarriles y a las prestaciones de jubilación de la Oficina de Administración de Personal, especialmente si dicho acreedor le ha emitido una tarjeta de crédito o un préstamo para automóviles y su pago se retrasa. Los acreedores que tienen facturas médicas, junto con préstamos personales y de día de pago, también tienen prohibido embargar estos beneficios. Eso es según el artículo 207 de la Ley de Seguridad Social. Es la ley.
En cuanto a las cuentas 401(k) e IRA, las primeras suelen estar a salvo del embargo por parte de los acreedores comerciales mientras el dinero permanezca en la cuenta, gracias a la Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación del Empleo de 1974 (ERISA), mientras que el primer millón de dólares de su IRA está protegido por la Ley de Prevención del Abuso de Bancarrota y Protección del Consumidor de 2005 (BAPCPA).
Durante sus 13 años de carrera, Bosi ha trabajado para Machado Meyer; Mallet Advogados Associados; Mascaro Nascimento Advocacia Trabalhista; y Rayes & Fagundes Advogados Associados. Fernando Bosi tiene una amplia experiencia en los sectores de alimentación y bebidas, automoción, banca, construcción civil, consultoría especializada, tecnologías de la información, farmacéutico, celulosa y comercio minorista, y lidera estrategias en procesos de despido colectivo. También actúa en due diligences laborales en procesos de fusiones y adquisiciones de empresas nacionales y extranjeras, así como en la elaboración e implementación de planes de beneficios, stock options, contratación de empleados expatriados y transferencia de empleados a otros países.
MoveS son las siglas de Libre Circulación de Trabajadores y Coordinación de la Seguridad Social. La red está financiada por la Comisión Europea. Abarca los 27 países de la UE, así como Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
Cada año se organizan unos 10 seminarios MoveS en toda Europa. Los seminarios están dirigidos a representantes de los interlocutores sociales y las ONG, funcionarios, jueces, abogados, académicos y otras partes interesadas en el ámbito de la libre circulación de trabajadores y la coordinación de la seguridad social.
Quiénes somos | Nuestra misiónEl propósito de la Sección de Derecho de Discapacidad de la Seguridad Social será mejorar las habilidades de los abogados de Minnesota que practican en el área, y servir de enlace con otras partes de la MSBA y el público en cuestiones y actividades relacionadas con la ley de discapacidad de la seguridad social.
Lo que hacemos | Beneficios y actividades de la secciónCategoría de miembros de la secciónNo tiene que ser un abogado para unirse a esta sección. Un miembro del público que no sea elegible para la membresía de la MSBA y que trabaje en el área de la seguridad social y la discapacidad es bienvenido a unirse a la sección como miembro sólo de la sección.