Politica comun de seguridad y defensa

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Para analizar eficazmente estos diferentes aspectos de la PCSD, esta disertación constará de dos capítulos sustantivos. El primer capítulo analizará la PCSD y sus instituciones comunes en su conjunto. A partir de este análisis general de la PCSD, el segundo capítulo se centrará en las posiciones particulares de los tres Estados miembros más poderosos de la UE (Gran Bretaña, Francia y Alemania) desde Lisboa hasta Libia. Para ello se utilizará el enfoque teórico del intergubernamentalismo.

Tal y como se ha señalado en la introducción de esta disertación, el Tratado de Lisboa contiene una serie de reformas que pretenden crear una potente PCSD. De hecho, incluso incluye una «cláusula de asistencia mutua», que parece imitar el artículo V de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) (Menon 2011, p.82). Sin saberlo, el Tratado ha contribuido a la aparición de una «brecha entre capacidad y expectativas» en lo que respecta a la PCSD (Hill 1993, p.306). Este término fue definido por Christopher Hill, quien señaló cómo las expectativas de la UE como actor global superan sus capacidades reales (Hill 1993, p.316). Esto garantizó que, cuando estalló el conflicto libio, la UE no fuera capaz de cumplir las expectativas depositadas en ella. Para corroborar esto, la primera sección detallará el Tratado de Lisboa y sus principales disposiciones relativas a la PCSD. La segunda sección detallará las relaciones cruciales entre la PCSD y la OTAN. Por último, la tercera sección examinará las dos misiones de la PCSD en Libia.

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Política Europea Común de Seguridad y Defensa (PCSD) Desde el comienzo del milenio se han adoptado numerosas medidas para mejorar la capacidad de la UE de hacer frente a los complejos retos de seguridad exterior e interior. La Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) de la UE surgió gradualmente entre 1999 y 2003 y se amplió considerablemente con el Tratado de Lisboa, que entró en vigor en 2009. Es el principal instrumento de la UE para hacer frente a las amenazas de seguridad nuevas y no convencionales, y sirve para preparar una posible defensa común europea de la UE. La adopción de la estrategia global de la UE en 2016 profundizó aún más en la PCSD. La llamada Cooperación Estructurada Permanente (PESCO) se refiere a la cooperación entre los Estados miembros de la UE que desean participar más en la política común de seguridad y defensa de la UE. Se centra en el refuerzo de la gestión civil y militar de las crisis y en la intensificación de la cooperación en el ámbito de la investigación y el desarrollo de armamento, incluida la creación de instrumentos financieros de la UE. Se pretende reforzar la autonomía estratégica de la UE. Además, el Consejo deberá adoptar una brújula estratégica sobre el futuro de la PCSD como nuevo documento de orientación en 2022.

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La Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) es la línea de actuación de la Unión Europea (UE) en los ámbitos de la defensa y la gestión de crisis, y un componente principal de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) de la UE.

La PCSD implica el despliegue de misiones militares o civiles para preservar la paz, prevenir conflictos y reforzar la seguridad internacional de acuerdo con los principios de la Carta de las Naciones Unidas. Las misiones militares son llevadas a cabo por fuerzas de la UE creadas con comisiones de servicio de las fuerzas armadas de los Estados miembros. La PCSD también implica la autodefensa colectiva entre los Estados miembros[a], así como una Cooperación Estructurada Permanente (PESCO) en la que 25 de las 27 fuerzas armadas nacionales persiguen la integración estructural. La estructura de la PCSD -encabezada por el Alto Representante de la Unión (AR/VP), Josep Borrell, y a veces denominada Unión Europea de Defensa (UED) en relación con su posible desarrollo como brazo de defensa de la UE[4][5][6][b]- comprende:

Las estructuras de mando y control de la UE son mucho más pequeñas que la Estructura de Mando de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), establecida para la defensa territorial. Se ha acordado que el Mando Aliado de Operaciones (ACO) de la OTAN pueda utilizarse para la realización de las misiones de la UE. El MPCC, creado en 2017 y que se reforzará en 2020, es el primer cuartel general militar permanente de la UE. Paralelamente, el recién creado Fondo Europeo de Defensa (FED) marca la primera vez que el presupuesto de la UE se utiliza para financiar proyectos multinacionales de defensa.

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La Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) es una política que establece el marco de la UE en el ámbito de la defensa y la gestión de crisis, incluida la cooperación en materia de defensa y la coordinación entre los Estados miembros. Parte integrante de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) de la Unión[1], la PCSD ha dado origen a las estructuras políticas y militares internas de la UE, permitiendo misiones y operaciones militares y civiles en el exterior.

El Tratado de Lisboa (también conocido como Tratado de la Unión Europea (TUE)), que entró en vigor en 2009, establece el marco general de la actual PCSD, aclara sus aspectos institucionales y refuerza el papel del Parlamento Europeo con respecto a la política.

El artículo 41 del TUE describe la financiación de la PESC y la PCSD. La política se describe con más detalle en los artículos 42 a 46, en la sección 2 del capítulo 2 del título V («Disposiciones sobre la Política Común de Seguridad y Defensa») y en los protocolos 1, 10 y 11 y las declaraciones 13 y 14. El papel específico del Parlamento Europeo en la PESC y la PCSD se establece en el artículo 36 del TUE.